Bono Joven Alquiler 2025

El 8 de enero se aprobó el Real Decreto 42/2022, por el que se regula el bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, que busca brindar un apoyo temporal a todas aquellas personas que quieren habitar una vivienda o una habitación, y no cuentan con suficientes recursos para hacerlo.

El Bono Alquiler Joven constituye una ayuda directa para pagar el alquiler a jóvenes con ingresos menores a 3 IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples), que puede prolongarse durante dos años.

Este bono es parte de una política del Estado español que pretende facilitar la emancipación y estimular el acceso a la vivienda, sobre todo para aquellos jóvenes que comienzan en el mercado laboral y no cuentan con suficientes ingresos para alquilar habitaciones o viviendas.

Bono joven alquiler piso

Frente a la situación en la que se encuentran los jóvenes españoles en cuanto a empleos poco remunerados, las ayudas para independizarse son necesarias y cada joven debe tener la posibilidad de salir de casa de los padres y poder independizarse, para llegar a un modo de vida más acorde con sus expectativas.

Documentación necesaria para Bono Alquiler Joven 2025

Al presentar la solicitud, generalmente se requiere la siguiente documentación:

Justificantes de pago: Recibos o transferencias bancarias que demuestren el pago del alquiler.

Documento de identidad: DNI, NIE o pasaporte en vigor.

Contrato de alquiler: Copia completa del contrato de arrendamiento o cesión de uso.

Justificante de ingresos: Declaración de la renta o certificado de ingresos.

Empadronamiento: Certificado colectivo o volante único de empadronamiento que acredite la residencia habitual en la vivienda.

¿Cómo solicitar el bono joven de alquiler 2025?

El bono se debe solicitar ante las oficinas del Departamento de Vivienda de las Comunidades Autónomas, y se puede hacer de modo presencial o a través de internet.

De acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto 42/2022, los requisitos del Bono Joven de Alquiler son los siguientes:

Para ser beneficiario del Bono Alquiler Joven, generalmente se deben cumplir los siguientes criterios:

  • Edad: Tener entre 18 y 35 años en el momento de la solicitud.
  • Ingresos: Disponer de una fuente regular de ingresos y que la renta anual no supere 3 veces el IPREM (aproximadamente 24.318,84 euros en 12 pagas).
  • Residencia: La vivienda o habitación alquilada debe ser la residencia habitual y permanente del solicitante.
  • Contrato de alquiler: Ser titular o estar en condiciones de firmar un contrato de alquiler o cesión de uso de una vivienda o habitación.
  • Empadronamiento: Estar empadronado en la vivienda objeto del contrato.
  • Relación con el arrendador: No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador ni ser socio o partícipe de la entidad arrendadora.

No podrán acceder a este bono aquellas personas que sean propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España, a menos que no puedan disponer de la misma por causas como separaciones o divorcio, o debido a impedimentos físicos que no le dejen acceder a la vivienda.

Tampoco serán beneficiarios aquellos que tengan vínculos de consanguineidad de primer o segundo grado con la arrendadora, o sean socios de la persona que arrienda la vivienda,

Además de los requisitos previstos en el decreto, puede haber otros en cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, para otorgar el bono, la Junta de Andalucía pide la siguiente documentación:

Documentación

  • Rellenar el formulario de “Solicitud/subsanación subvenciones: ayudas para el alquiler de la vivienda habitual a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes”.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Si la persona que solicita el bono no aparece como titular del contrato de arrendamiento, deberá aportar alguna documentación que acredite la “atribución del derecho de uso”.
  • Justificación de las mensualidades del periodo subvencionable (desde el primero de enero), que ya hayan sido abonadas.
  • Tener de alta una cuenta bancaria en la Dirección General competente, para poder recibir el bono.

Plazos y presentación de solicitudes

Los plazos para presentar la solicitud del Bono Alquiler Joven varían según la comunidad autónoma. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana, el plazo está abierto desde el 1 de abril hasta el 23 de abril de 2025. Es importante consultar la convocatoria específica de tu comunidad para conocer las fechas exactas y los procedimientos de solicitud

Preguntas frecuentes Bono de alquiler Joven

¿En cuánto tiempo sabremos si nuestra solicitud del bono fue aprobada?

Normalmente, las administraciones ponen como plazo tres meses para dar respuesta a una solicitud de esta clase. Pero también es posible que el tiempo sea distinto en cada Comunidad Autónoma, y que este dependa también del número de solicitudes que vayan a ser evaluadas.

¿Si debo trasladarme por razones de trabajo a otra ciudad o comunidad pierdo la ayuda?

No, al contrario. El artículo 6 del decreto 42/2022, en su tercer apartado, y con el objeto de “favorecer la movilidad laboral y no desincentivar el cambio de residencia de la persona beneficiaria”, señala que la persona no solo no perderá el bono, sino que el mismo calificará también para alquileres que alcancen los 900 euros.

Una vez que haya firmado el nuevo contrato, la persona tendrá un plazo de 5 días para informar el cambio de domicilio a la oficina de vivienda donde tramitó el bono. El bono se mantendrá si las condiciones para obtenerlo siguen.

¿Puedo solicitar el bono si comparto piso con otros jóvenes?

Sí, siempre que cada uno cumpla con los requisitos establecidos y sea titular del contrato de alquiler o cesión de uso. En el caso de alquiler de habitaciones, se considerarán únicamente los ingresos individuales del solicitante.

¿Es compatible el Bono Alquiler Joven con otras ayudas al alquiler?

El bono no es compatible con otras ayudas al alquiler concedidas por entidades locales o administraciones públicas, salvo en casos específicos como víctimas de violencia de género, personas en situación de desahucio o sin hogar, entre otros.

¿Qué sucede si no tengo contrato de alquiler en el momento de la solicitud?

Si aún no dispones de un contrato de alquiler, puedes presentar una declaración responsable comprometiéndote a formalizar el contrato en un plazo determinado (generalmente dos meses) desde la notificación de la concesión de la ayuda.